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1. Sismo resistencia
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2. Daño grave en
edificios de cinco pisos o menos. Debido a que antes los ingenieros pensaban
que los edificios de bajas alturas no requerían diseño sismo resistente. Daño
en muros divisorios y fachadas ya que no se habían diseñados para fuerzas
sísmicas (deflexión horizontal).Fallas en columnas por falta de estribos que
las confinaran. Fallas en edificaciones de mampostería estructural (hormigueros
en las celdas de inyección y ausencia de refuerzo horizontal).Fallas en
construcciones de mampostería no reforzada. Cuáles eran las deficiencias en la
práctica constructiva de Colombia antes de la adopción de la sismo resistencia
de 1984?
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3. Ley 400 de
1997Decretos reglamentarios: -Decreto 33/98 -Decreto 34/99-Decreto 2809/00-
Decreto 52/02La Resolución de la Comisión Asesora permanente Legislación
Colombiana vigente sobre sismo resistencia
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4. Titulo l –
Objeto y alcance Titulo ll- Definiciones Titulo lll – Diseño y construcción Titulo
lV – Revisión de los diseños Titulo V – Supervisión técnica de la construcción Titulo
Vl – Profesionales: Calidades y requisitos, Diseñadores, revisores, directores
y supervisores. Contenido de la Ley 400 de 1997
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5. Titulo Vll -
Comisión asesora permanente para el régimen de construcciones sismo
resistentes. Titulo Vlll – Potestad reglamentaria, decretos y reglamentos Titulo
lX – Responsabilidades y sanciones Titulo X – Disposiciones finales
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6. La edificación
debe ser capaz de resistir, además de las fuerzas que le impone su uso,
temblores de poca intensidad sin daño, temblores moderados sin daño
estructural, pero posiblemente con algún daño en elementos no estructurales y
un temblor fuerte con daño a elementos estructurales y no estructurales pero
sin colapso. Qué se espera de una edificación que cumpla los requisitos de la
Ley 400 de 1997?
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7. Las
disposiciones y reglamentos no comprenden el diseño y construcción de
estructuras especiales como puentes, torres, torres de transmisión, equipos
industriales, muelles, estructuras hidráulicas y toda estructura diferente a
edificaciones convencionales. Excepciones de la ley 400 de 1997
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8. Quién vigila el
cumplimiento de la Ley 400 de 1997? Corresponde a las oficinas o dependencias
distritales o municipales encargadas de conceder las licencias de construcción
o las curadurías.
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9. Recae en los
profesionales quienes elaboran los diferentes diseños: Constructor Diseñador
arquitectónico Diseñador estructural Diseñador de los elementos no
estructurales Ingeniero geotecnista Revisor de los diseños Propietario Interventor
Supervisor técnico Quiénes son responsables de los diseños para obtener la
licencia de construcción?
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10. Los
profesionales, podrán ser sancionados por el consejo superior de Ingeniería o
el correspondiente, con la cancelación de la matrícula y acciones civiles y
penales a que haya lugar. Los empleados de dependencias oficiales, incurrirán
en causal de mala conducta, sanción de suspensión o destitución y acciones
civiles y penales. Cuáles son las responsabilidades y sanciones?
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11. Constructores
y propietarios, sancionados con multas de 1 s.m.m.v por cada 200 m2 de área
construida por cada mes, o la demolición de la construcción. Acciones civiles y
penales.
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12. Se excluyen
las estructuras que se diseñen y construyan siguiendo las recomendaciones
presentadas en el titulo E (edificaciones de uno y dos pisos), siempre y cuando
se trate de menos de 15 unidades de vivienda. Edificaciones excluidas de la
supervisión técnica
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15. Las
construcciones existentes cuyo uso las clasifique como edificaciones
indispensables y de atención a la comunidad, se les debe evaluar su
vulnerabilidad sísmica, con plazo del 19 de febrero de 2004. Indica que estas
edificaciones deben ser intervenidas o reforzadas para llevarlas a un nivel de
seguridad sísmica equivalente a la de una edificación nueva. Obliga la ley
400/97 a actualizar algunas edificaciones preexistentes a sus requisitos?
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16. Grupo lV –
hospitales, centrales de telecomunicación, centrales de energía, agua,
combustible, transporte de personas y productos. Grupo III- edificaciones de
atención a la comunidad como: bomberos, policía, cuarteles, centros de atención
de emergencia Clasificación de las edificaciones según su uso
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17. Grupo II
estructuras de ocupación especial: escuelas, colegios, universidades, centros
comerciales, edificios gubernamentales. Grupo I estructuras de ocupación
normal: todas las edificaciones no incluidas en los grupos II, III, IV
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18. Es el
reglamento de construcciones sismo-resistentes, contenido dentro de los
decretos que reglamentan la ley 400 de 1997.Contiene los requisitos de carácter
técnico y científico de la presente ley. 19. TITULO A: Requisitos generales de
diseño y construcción sismo resistente. TITULO B: Cargas.
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TITULO C: Concreto
estructural TITULO D: Mampostería estructural TITULO E: Casas de uno y dos
pisos TITULO F: Estructuras metálicas División del NSR-98
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20. TITULO G:
Estructuras de madera
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TITULO H: Estudios
geotécnicos
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TITULO I: Supervisión técnica
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TITULO J:
Requisitos de protección contra el fuego en edificaciones
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TITULO K: Otros requisitos
complementarios
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21. Paso 1-
Predimensionamiento y coordinación con los otros profesionales Paso 2-
Evaluación de las solicitaciones definitivas Procedimiento de diseño
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22. Paso 3-
Obtención del nivel de amenaza sísmica y el valor de Aa
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23. Paso 4-
Definición de los movimientos sísmicos de diseño
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24. Paso 5 –
Características de la estructuración y del material estructural:
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26. Definir las
características de disipación de energía en el rango inelástico del material
estructural
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27. Paso 6- grado
de irregularidad de la estructura y procedimiento de análisis
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28. Paso 7-
Obtención de la fuerzas sísmicas
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29. Paso 8-
Análisis sísmico de la estructura
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30. Paso 9-
determinación de los desplazamientos horizontales Paso 10- Verificación de
derivas
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31. Paso 11-
Combinación de las diferentes solicitaciones
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32. Paso 12-
Diseño de los elementos estructurales.
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33. REQUISITOS DE
CONTROL DE MATERIALES
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